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SAG destaca positivos resultados de la exportación de semillas de Ñuble

Director Regional del SAG, Eduardo Jeria, valoró la implementación de rigurosas medidas para prevenir el contagio de COVID-19 en las plantas seleccionadoras de semillas certificadas, logrando un exitoso desempeño en la temporada.

Una positiva temporada están cerrando las empresas semilleras de Ñuble, que lograron mantener el ritmo de sus exportaciones pese a las restricciones sanitarias establecidas en la región a causa del COVID-19.

En una visita a la planta seleccionadora de Curimapu, en la comuna de Bulnes, el Director Regional del SAG, Eduardo Jeria, valoró las rigurosas medidas de bioseguridad que estableció la empresa para prevenir el contagio de la pandemia y proteger la salud de sus trabajadores, lo que les ha permitido exportar cerca de 8 mil toneladas de semillas hasta la fecha.

“Quiero destacar también el trabajo de los funcionarios y funcionarias del SAG que, pese a la presencia de esta pandemia, durante los meses de marzo y abril mantuvieron las actividades de inspección, muestreo y análisis de laboratorio que nos permiten, finalmente, emitir los certificados que respaldan cada envío al resto del mundo”, destacó Jeria.

“Este es un notable ejemplo de cómo la articulación público – privada ha permitido que no se detenga la cadena productiva y de abastecimiento en la agricultura”, sostuvo el Seremi de Agricultura, Juan Carlos Molina.

Eduardo de la Sotta, gerente general de Curimapu, explicó que la empresa mantendrá el mismo nivel de bioseguridad en su planta en los meses venideros, para prevenir cualquier contagio en su personal.

Durante la temporada 2019 – 2020, la cantidad de semilleros certificados de exportación inscritos en Ñuble alcanzó a 153, un 40% más que en el período 2018 – 2019. La superficie sembrada de semilleros se incrementó en 11,3%, de 1.769 ha a 1.970 hectáreas. La superficie de este insumo para el mercado nacional, en cambio, disminuyó de 166 a 146 ha.

La producción de semilla bajo el sistema de certificación varietal para exportación ha ido adquiriendo cada vez mayor importancia en la Región de Ñuble, que se posiciona entre las tres más importantes en este rubro a nivel nacional. 

La certificación varietal es un proceso controlado que busca garantizar la identidad y pureza varietal de las semillas, así como su pureza física, facultad germinativa y calidad sanitaria.

La exportación de semillas, además, debe ser amparada por el certificado fitosanitario que emite el SAG, garantizando que el envío cumple las exigencias del mercado de destino.

Fuente: SAG Chile

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Región de Los Lagos inicia temporada de exportación de semillas de papas

Hasta la planta de Semillas Llanquihue Ltda, ubicada en la comuna de Puerto Octay, se trasladaron funcionarios del SAG Semillas, Región de Los Lagos, para realizar la inspección y certificación del primer envío de Semilla Certificada de Papas al mercado extranjero, en este caso a Brasil.

El envío se tradujo en 58 mil kilos de Tubérculos Semilla de papa de la variedad FL 1867, bien apetecida en el mercado latinoamericano para la elaboración de “Chips” o papa frita en hojuela.

“La labor del SAG consiste en verificar las condiciones fitosanitarias y los requisitos para la certificación exigidos por el mercado de destino. Este es el primer envío de un total de 1.000 toneladas de semilla certificada comprometida sólo por esta empresa” explica Eduardo Monreal, Director Regional del SAG.

El producto viaja vía terrestre totalizando 2320 mallas de 25 kilos cada una. “Brasil es un mercado atractivo para este tipo de productos y que ha mantenido una demanda permanente desde 1980”, agregó Monreal.

La autoridad regional resaltó que las exportaciones de semillas de papas se han consolidado en el tiempo gracias a la excelente condición fitosanitaria de la zona. “Por eso es necesario seguir resguardando el estatus sanitario de la Macrozona Sur que se encuentra libre de plagas cuarentenarias de la papa, como la marchitez bacteriana, nematodos formadores de quistes, y carbón de la papa”, explicó Monreal.

Inspección Sanitaria

El SAG inicia el proceso de inspección y certificación de exportaciones con muestreos y análisis de laboratorio en campo (siembra y cultivo), realizando inspecciones periódicas a los semilleros de papa registrados para exportación. Una vez cosechados los tubérculos, y dispuestos en la planta seleccionadora (fase de acondicionamiento y envasado) el Servicio realiza la inspección final y certifica la sanidad y calidad varietal del producto según ha sido exigido por el mercado de destino.

“Semillas Llanquihue Ltda es una empresa con más de 30 años de trayectoria, que ha desarrollado un proceso productivo del más alto nivel tecnológico, incorporando un laboratorio de cultivo de tejidos in vitro, invernaderos, cámaras de frío,  maquinaria de plantación, cosecha y seleccionadoras de última generación. Y a nivel nacional, produce un tercio de la semilla certificada”, precisó Monreal.

Cabe indicar que Semillas Llanquihue cuenta con 65 semilleros y 240 hectáreas bajo el proceso de certificación. El 15% de lo que producen se destina a exportación a los Mercados de Brasil y Guatemala; el 60% va a la industria de las papas fritas; y el 25% a productores nacionales.

Fuente: SAG Chile

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Eventos de caso fortuito o fuerza mayor en la Industria Agrícola chilena a causa del Coronavirus


Los Tribunales de Justicia han planteado que para que el caso fortuito o la fuerza mayor pueda operar como causal de
desvinculación, deben reunirse de forma copulativa los siguientes requisitos legales: inimputabilidad, imprevisibilidad e irresistibilidad.

Si bien actualmente no estamos bajo un régimen absoluto de cuarentena -que impida de manera absoluta el desarrollo del giro agrícola-, hace ya más de un mes que el Presidente de la República Sebastián Piñera Echeñique decretó Estado de Excepción Constitucional ante la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19, medida que entró en vigencia a las 00:00 horas del día jueves 19 de marzo del año en curso y que abarca todo el territorio nacional. Dicha medida ha significado una limitación de ciertas garantías constitucionales (ej. libertad de circulación, desplazamiento, etc.) entre las 22:00 pm y las 05:00 am.

El formato descrito anteriormente de semi-confinamiento durante algunas horas del día permite de todas formas a los trabajadores agrícolas acudir a sus lugares de trabajo, llevar a cabo sus labores y retornar a sus hogares. Sin embargo, la interrogante mayor es si en caso de una cuarentena total (que ya se está aplicando en 6 comunas de Santiago) es que algunas empresas opten por la causal de caso fortuito o fuerza mayor para desvincular a sus trabajadores.

Tanto en la ciudad como en los mismos campos se están tomando todas las medidas necesarias para la prevención del contagio del virus, según lo especificado por el Presidente de FEDEFRUTA Sr. Jorge Valenzuela, “Los productores frutícolas se han organizado para extremar medidas en el cuidado de los trabajadores agrícolas, lo que se trata de la responsabilidad más grande que tenemos”.

Actualmente la industria agrícola se encuentra en el fuerte de la temporada de uva de mesa, también de manzana y dentro de unos días comienza la cosecha de nueces, kiwis y otras variedades. Ante este panorama, surgen diversas interrogantes con respecto al tema:


¿El Empleador que se ve imposibilitado de seguir funcionando con su empresa a propósito de las consecuencias que ha acarreado el COVD-10 puede suspender en forma unilateral la relación laboral?

Para modificar o suspender el Contrato de Trabajo se requiere, -como toda convención- el consentimiento de ambas partes del mismo. Por lo tanto, el empleador no podría suspender los derechos y obligaciones que de dicho acuerdo emanan de forma unilateral. De este modo, solamente si ambas partes lo acuerdan podría existir un pacto de dicha naturaleza. Aunque los pactos que permitan suspender los efectos del Contrato de Trabajo no tengan un tratamiento específico en nuestro ordenamiento jurídico, cabe señalar que no se encuentran expresamente prohibidos por el legislador y, por consiguiente, serían válidos.

Así, en virtud de este acuerdo, se suspenderían las obligaciones principales reguladas en el Contrato de Trabajo, esto es, la obligación de prestar servicios para el Empleador y la pagar una remuneración al Trabajador.


¿Qué requisitos debe cumplir el coronavirus para ser caso fortuito?

La dificultad que presenta esta noción es que los requisitos que debe cumplir un suceso, para que sea considerado como tal, no son simples y, casi siempre, es difícil determinar si concurren. En esencia, un suceso, para ser caso fortuito, debe ser imprevisible, irresistible y externo. Su dificultad se encuentra en que esos requisitos no son “absolutos” –porque lo absoluto no es de este mundo–, sino que se miden en relación con las posibilidades humanas. En dos palabras, no es lo imprevisto e inevitable para un superhéroe, sino para una persona normal y que honra sus compromisos en condiciones habituales.

En el terreno jurídico, muchos son los que se preguntan por los efectos legales que el Coronavirus(Covid-19) puede tener en las relaciones comerciales, cumplimiento de contratos, en el terreno laboral, relaciones con inversores e información al mercado, e incluso en el área de protección de datos

Llamamos fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto al que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.

En cuanto a las consecuencias dañosas del caso fortuito o fuerza mayor: “En estricto rigor, en nuestra legislación civil se considera el caso fortuito o fuerza mayor como una causal de exención de responsabilidad. Por consiguiente, -ex ante- los perjuicios que ocasiona un hecho imprevisto e irresistible no generan responsabilidad. No obstante, no es efectivo que todos los perjuicios ocasionados por un evento de caso fortuito o fuerza mayor deben ser soportados por la víctima, pues dicha circunstancia también depende del vínculo jurídico existente entre las mismas partes de un contrato”. Señala Nicolás Monge Abogado de Araya & Cia Abogados


¿Qué sucede en cuanto a las exportaciones?

Si se considera que al contrato le subyace en la práctica un intercambio económico, y que supone el despliegue, en un momento posterior a su celebración, de una cierta actividad destinada a concretar dicho intercambio, y con éste, los intereses involucrados, resulta claro que dicha concreción queda sujeta a una serie de eventualidades. Ello hace evidente la estrecha vinculación que existe entre contrato y riesgos.

De esta forma, la noción de riesgo en el plano jurídico-contractual apunta a aceptar la posibilidad de que la finalidad última perseguida con el contrato -la satisfacción de los intereses de las partes- no se concrete, como consecuencia de diversas circunstancias que pueden presentarse a lo largo de la vigencia del vínculo negocial. El factor temporal juega en este sentido un papel determinante, pues el futuro lleva en sí mismo la idea de incerteza, existiendo por ello la posibilidad de que la utilidad pretendida por las partes con el contrato no se haga realidad.

Actualmente la actividad económica más afectada es la de “Alojamiento y Servicio”, con 93,9% de alza respecto de marzo de 2019, y representando el 5% del total. En tanto, la construcción presenta un incremento de 41,5%, lo que es relevante por el volumen de cartas que genera este sector, que es ligeramente superior al incremento general de las cartas, de 38%.

Las actividades que se ven menos afectadas son las de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca (15,7%), de servicios administrativos y de apoyo (25,6%) y la industria manufacturera (33,4)%.

Las solicitudes aprobadas para el Seguro de Cesantía en el mes de abril (hasta el pasado jueves 16), representan una variación del 17,44%.

De este modo se pasó de 69 mil solicitudes aprobadas en el año 2019 a más de 81 mil en el mismo mes de este año.


Ley de Protección del Empleo

Desde el 8 hasta el 15 de abril, 56.986 empresas se acogieron a la ley de Protección del Empleo y suspendieron la relación laboral con sus trabajadores. Esto implica que 786.790 trabajadores podrían acceder a las prestaciones del Seguro de Cesantía.

Las nóminas que entre los días 15 y 16 de abril que han sido ingresadas para solicitar la suspensión de contrato, ya sean por acto de autoridad o por pacto de suspensión de contrato, son 23.097 que corresponde 277.164 trabajadores.

Finalmente, respecto a los trabajadores de casas particular, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) han registrado un total de 2.270 solicitudes y continúan en aumento.

 

 

 

 

 

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SAA SOLICITA A LOS GOBIERNOS QUE EL SECTOR SEMILLERO SEA CONSIDERADO COMO ESENCIAL PARA LAS ECONOMÍAS Y SE ASEGURE CONTINUO MOVIMIENTO DE SEMILLAS

La Seed Association of the Americas (SAA), ha hecho un llamado a las autoridades internacionales, mediante un comunicado en el que ANPROS apoyó en su redacción, para que el sector semillero sea considerado como un eslabón fundamental de la cadena agroalimentaria y que sea declarado como sector esencial para las economías, lo que permitirá continuar con las operaciones mientras dure el estado de emergencia.

Resalta en su declaración que las empresas semilleras de la región están abocados a articular y consolidar sus cadenas de producción y distribución bajo las normas más estrictas de seguridad impuestas por los distintos gobiernos nacionales y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.

Enfatiza también en el hecho de que, a lo largo de las Américas, la industria se encuentra actualmente en épocas de siembra y cosecha de cultivos y semilleros, que por tratarse de productos biológicos y perecederos requieren de tiempos y logísticas que, en caso de no respetarse, ya no podrán recuperarse e impactarán en el abastecimiento y la cadena alimenticia en los próximos meses.

Finalmente, insta a los gobiernos y sus oficinas regulatorias a priorizar recursos y facilitar los procesos para asegurar el continuo movimiento de semillas a nivel local e internacional, ya que no existen evidencias que las semillas sean vías de transmisión del virus Covid-19.

Los invitamos a descargar el comunicado completo aquí


Comunicado versión Inglés

 

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Ministros del Consejo Agropecuario del Sur y de Agricultura de Perú definieron recomendaciones para enfrentar la emergencia sanitaria y asegurar el abastecimiento de alimentos

Recomendaciones surgen de una reunión realizada por iniciativa de la ministra de Agricultura de Brasil, Tereza Cristina, y fue organizada en el ámbito del Consejo Agropecuario del Sur (CAS), cuya secretaría técnica está a cargo del IICA.

Montevideo, 31 de marzo de 2020 (CAS). Los miembros del Consejo Agropecuario del Sur (CAS), integrado por el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de Argentina, Luis Basterra; la ministra de Desarrollo Rural y Tierras de Bolivia, Beatriz Capobianco; la ministra de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de Brasil, Tereza Cristina Corrêa da Costa; el ministro de Agricultura de Chile, Antonio Walker; el ministro de Agricultura y Ganadería de Paraguay, Rodolfo Friedmann; y el ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca de Uruguay, Carlos María Uriarte; así como el ministro de Agricultura y Riego de Perú, Jorge Montenegro, consideran que:

1. Ante la situación de emergencia sanitaria como consecuencia de la transmisión del covid-19 a nivel mundial, la salud de las personas y la seguridad alimentaria son valores prioritarios a resguardarse; y que la población de los países del CAS y Perú no están exentos de esta pandemia.

2. A la luz del conocimiento actual, no hay evidencia de transmisión de covid-19 por alimentos, ya que el virus necesita un huésped viable para su replicación y este paso no ocurre en los alimentos. Además, las temperaturas utilizadas en la cocción de alimentos desnaturalizan el virus.

3. Las autoridades nacionales de los Estados miembros del CAS han habilitado la circulación de mercaderías en sus territorios nacionales, en todos los niveles, con el fin de satisfacer la demanda y el normal abastecimiento de insumos imprescindibles para la población y de garantizar el flujo de bienes, permitiendo el normal funcionamiento a los operadores de transporte de cargas, internacionales y nacionales, en el cumplimiento de las medidas sanitarias y las acciones preventivas que establezca la autoridad de aplicación nacional en cada caso.

4. El transporte terrestre es una parte esencial de toda la cadena alimentaria, participando en la logística desde el tránsito de insumos hasta el producto terminado en los distribuidores y es imperativo mantener el normal flujo de productos agrícolas y alimentos a través de operaciones de comercio internacional en el transporte de cargas, así como velar por la salud y prevención del personal involucrado en el tránsito internacional.

Los Ministros de Agricultura del CAS, respetando el ámbito de sus competencias, convienen en adoptar las siguientes recomendaciones.

Recomendaciones generales:

1. Desinfectar el interior de las unidades de transporte, en especial las superficies de contacto (volante, manijas de puertas, etc.) en cada cruce de fronteras. Las empresas transportistas deberán proporcionar a sus conductores y acompañantes kits que contengan máscaras, alcohol en gel (70%), guantes, termómetro, desinfectantes para la profilaxis de la cabina y bolsas de residuos, según las disposiciones de las autoridades sanitarias nacionales en el marco de las recomendaciones de la OMS.

2. Reforzar la difusión a nivel interno de buenas prácticas de higiene para todos los conductores y sus ayudantes que transportan insumos para la producción de alimentos, productos agrícolas o alimentos. Lo mismo se aplicará para el personal involucrado en la recepción de los productos antes mencionados. Las buenas prácticas incluyen las siguientes pautas:

a. Si se traslada más de una persona en la cabina, se recomienda el uso de una mascarilla de tiempo completo, con cambio cada 3 horas. En caso de viajar individualmente, la mascarilla se debe de utilizar cuando se interactúa con otros.

b. Aplicación de alcohol en gel (70%) frecuentemente en las manos, y en especial antes de subir al camión, después de recibir documentos o dinero durante el trayecto y en la carga o descarga.

c. Al regresar a la empresa, salir del vehículo y lavarse las manos, los brazos y la cara con agua y jabón, rociar o pasar un desinfectante por las suelas de los zapatos antes de ingresar en un nuevo sitio;

d. Mantener una distancia segura (preferentemente 2 metros) entre las personas en los lugares de descanso y evitar las multitudes;

e. Monitorear la temperatura corporal con frecuencia. Preferentemente, esta información podría consignarse en una planilla, a entregarse a las autoridades de control en caso fuera necesario;

f. Dar intervención a las autoridades competentes de forma urgente en caso de que se presenten síntomas de covid-19;

g. Evitar el trabajo de conductores y asistentes que cuadren en la definición de grupos poblacionales de riesgo, según lo establecido por la OMS, mientras estén vigentes medidas de aislamiento.

Para operadores de vehículos de carga y entregas de material

1. Ingresar al patio solo en el momento de la carga;

2. El conductor no debe abandonar el vehículo;

3. A los conductores de contenedores refrigerados se recomienda que no salgan de las cabinas;

4. Usar alcohol en gel (70%) en las manos antes y después de la entrega / eliminación de documentos;

5. Recomendar el uso de baños para los conductores y sus ayudantes solo en el área de estacionamiento externa de camiones. Mantener la limpieza y desinfección de baños para uso de transportistas y personal de apoyo.

Sobre el IICA
Es el organismo internacional especializado en agricultura del Sistema Interamericano, cuya misión es estimular, promover y apoyar los esfuerzos de sus 34 Estados Miembros para lograr el desarrollo agrícola y el bienestar rural por medio de la cooperación técnica internacional de excelencia.

Sobre el CAS
Es el foro ministerial de consulta y coordinación de acciones regionales, integrado por los ministros de agricultura de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, que tiene como objetivo fundamental definir las prioridades de la agenda agropecuaria y tomar posiciones sobre temas de interés regional con el fin de articular el desarrollo de las acciones acordadas.

Viveros toman medidas y están preparados para asegurar su rol en la cadena de abastecimiento de alimentos

Durante la semana pasada, Viveros de Chile AGV envió una carta a la mayor parte de los alcaldes de las comunas agrícolas del país, con el fin de solicitar su apoyo en una adecuada interpretación del Instructivo de Salvoconducto, de tal forma que se reconozca al sector como base del rubro agroalimentario.

En el contexto de COVID19, la Asociación de Viveros de Chile AGV, organización que representa a más de 50 viveros (90% PYME), que concentran alrededor del 90% de la producción de plantas de frutales y de hortalizas que se comercializan en Chile, inició hace un par de semanas una amplia campaña entre sus asociados, con el fin de tomar todas las precauciones para proteger a sus colaboradores y aplicar las recomendaciones de la autoridad sanitaria.  Y junto a ello, poder garantizar las operaciones esenciales para asegurar el cumplimiento de su rol en la cadena de abastecimiento de alimentos a la población, que se ha hecho clave ante la situación de pandemia.  

El Presidente de Viveros de Chile Cristian Pichuante, enfatiza que “la asociación representa a más de 50 viveros, en su gran mayoría PYMES que concentran alrededor del 90% de la producción de plantas de frutales y de hortalizas que se comercializan en Chile, siendo la base de la cadena hortofrutícola”.

En la misma línea, la gerente de la organización Maritrini Lapuente, destaca que “los plantines de hortalizas son el insumo esencial para la producción hortícola, ya que cada vez se ocupa menos siembra directa a escala comercial por los evidentes beneficios fitosanitarios y productivos que implica utilizar un plantín”, explicó.

En este momento los plantines que se están produciendo y despachando a campo de agricultores son principalmente los de lechugas, apios, cebollas, cebollines, betarragas y brassicas (coliflor, brócoli, repollo, etc.), los que se cosecharán en los próximos 2 meses aproximadamente.

A partir de julio los viveros hortícolas comienzan a sembrar sus plantines de tomates, melones, sandías, pimientos, ajíes, cebollas, cebollines, zanahorias, acelgas, espinacas, pepinos, zapallos italianos y de guarda para plantación en campo a partir de septiembre, lo que sustenta la producción de todas estas especies durante primavera y verano.

Los viveros frutales, en tanto, sustentan la reconocida industria frutícola que prestigia a nuestro país desde hace varias décadas y que en estos momentos se encuentra realizando un intenso recambio varietal hacia productos con mejores características, tanto productivas como organolépticas, en sintonía tanto con la demanda de los productores, como de los mercados de exportación, lo que nos permitirán seguir siendo competitivos en el mediano y largo plazo.

Muchos de los viveros realizan además propagación como laboratorios in vitro, los que a su vez abastecen de portainjertos a muchos viveros nacionales, que serán utilizados para generar las nuevas plantas para que los productores puedan comenzar o renovar sus huertos. “Especialmente en el caso de estos sistemas productivos, los procesos que comienzan no pueden parar, sin generar grandes pérdidas a toda la cadena, ya que las tareas son muy dinámicas y exigen un trabajo minucioso de pocos días de plazo para su exitosa realización. Cortar el suministro desde los laboratorios in vitro frenaría las plantaciones frutales por un largo periodo”, destaca Maritrini Lapuente.

Por todo lo anterior, los viveristas no han escatimado en medidas que aseguren la salud a la vez que la continuidad de la operación. 

Felipe Massanés, gerente general de Univiveros, explica que el coronavirus “nos ha cambiado la forma de trabajar, tomando un montón de resguardos para nuestros equipos de trabajo, con reuniones diarias para seguir y afinar los protocolos al máximo, donde hicimos cambios en el transporte de nuestro personal para minimizar los riesgos de contacto y donde cada trabajador dispone de mascarillas y mucha comunicación con recursos humanos. Estamos minimizando los contratistas para evitar perder control, limitando labores y le damos prioridad a lo más urgente e importante”, explicó.  

Massanés, indica que al rubro del viverismo de planta la situación “lo pilló en un buen momento del año”, donde las importaciones están terminadas y faltan cuatro meses para la cosecha en las plantas en raíz desnuda. “Estamos contentos de las gestiones de la Asociación gremial para darle seguridad al transporte básico en las próximas semanas”, valoró.

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Por su parte, Sergio de Rojas, gerente general de Agromillora, explica que como empresa tomaron medidas una semana antes que el coronavirus llegara al país, con protocolos para el saludo, uso de alcohol gel, etc. Luego se agregó el control de temperatura, y circulares diarias con actualización de las medidas. No obstante, han debido enfrentar la incomprensión respecto de la labor que realiza un vivero a la hora de obtener el salvoconducto. “Tenemos un turno de laboratorio clave de 15 a 24 horas, y no nos querían dar el permiso, fue muy complejo”. Por ello, el ejecutivo considera que es importante “generar conciencia de que somos parte del sector alimentario para evitar estas trabas”.

Maritrini Lapuente explica en esa línea que “en algunos casos puntuales, nuestros viveros no han obtenido salvoconducto para realizar movimientos necesarios en horario de Toque de Queda, por lo que decidimos ser proactivos y hacer llegar a las autoridades nuestra preocupación por las repercusiones que podrían tener más adelante situaciones como esta, tanto para nuestro gremio, como para la cadena de abastecimiento de frutas y hortalizas y por tanto para toda la población”.

Lapuente afirma que es urgente que la autoridad considere esta situación y transmita a carabineros, jefatura de orden público de la región respectiva y quiénes corresponda, que “nuestro sector pertenece al agro, que como bien decretó recientemente el Ministro Walker es una actividad de Infraestructura Crítica para mantener la cadena alimentaria y siendo así se encuentra incluida en el Instructivo Salvoconducto publicado el 22 de marzo por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública del Gobierno”.

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Ante cuarentena por coronavirus: Sepa cómo extender vida útil de frutas y verduras

Santiago, marzo de 2020.- Tal vez, una pregunta recurrente por estos días a causa de la cuarentena que viven muchas personas en Chile, ha sido cómo mantener las frutas y verduras frescas durante períodos más largos. La respuesta la entregó el especialista en postcosecha del Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA), Bruno Defilippi, quien lleva años estudiando este tema, no sólo para abastecer el mercado interno sino para exportar a destinos cada vez más lejanos.

“La implementación de prácticas simples como evitar el dañar un producto vivo como frutas y hortalizas y tener claras las temperaturas de almacenamiento de frutas y verduras en casa, es el punto de partida. Por ejemplo, en el caso de la palta, producto por lo general de alto precio en estos días, puede ser mantenida en el refrigerador a 5° C sin afectar su textura y sabor”, explicó el Investigador de INIA La Platina.

Por otro lado, agregó, los tomates debieran ser mantenidos a temperatura ambiente en un lugar fresco para que no sufran los efectos de las bajas temperaturas del refrigerador, que se traducen en cambios en el sabor característico de este fruto. Mientras que otra práctica general en el cuidado de hortalizas de hoja -como lechuga, acelga, brócoli o albahaca- es tratar de mantenerlas dentro de envases que eviten la deshidratación o pérdida de agua de estos productos. Por ejemplo, utilizando bolsas perforadas que tengan un nivel de ventilación o apertura. “Con esto se logra extender la vida útil de las hortalizas, manteniendo una buena apariencia y sus características organolépticas”, afirmó.

Respecto a las frutas más consumidas por los chilenos en esta época, como uva, manzana, pera o kiwi, el cuidado se inicia desde el momento de la compra, eligiendo frutas que no presente daños externos como heridas, golpes o pudriciones, ya que éstas afectarán directamente su duración en el hogar.

“Al comprar, ya sea en un carro de supermercado o de feria, no los sobrellene de productos evitando ocasionar daños por golpe. Una vez en casa, distribuya las frutas entre el refrigerador y un lugar fresco en la casa, lo que permitirá consumirlas a medida que sea necesario. Prácticamente todas las frutas disponibles toleran una temperatura de 5-6°C que tienen los refrigeradores, siendo la única excepción el plátano o banana que es preferible mantenerlo fuera del refrigerador.  En caso de preparar ensaladas de fruta fresca (macedonia o tuttifrutti), lave bien la fruta antes de cortarla y que sea inmediatamente antes de consumir, y para una mayor duración agregue unas gotas de limón o naranja para evitar que la manzana o el plátano cambie de color”, detalló Defilippi.

Otro de los consejos del especialista en postcosecha de INIA estuvo relacionado al tiempo y tipo de productos que se pueden congelar. Lamentablemente gran parte de los hogares no cuentan con un espacio adecuado para congelar grandes cantidades de productos, por lo que usualmente son destinados a los productos de origen animal. Sin embargo, de disponer de un espacio suficiente en el congelador o “freezer”, es una buena oportunidad para congelar productos preparados y frescos.

“En general, se puede congelar un gran número de productos, pero teniendo en cuenta que casi todo lo que se congela es para consumir cocido o procesado después de descongelar. Evite congelar algunos como apio, pepino, lechuga y repollo, ya que, dada sus características, usualmente con este proceso pierden su textura una vez descongelados. En otro caso, como brócoli, es recomendable darle un hervor y luego enfriarlo en agua y secar antes de congelarlo. Este tratamiento casero aparte de mantener el sabor característico, mantendrá el color verde una vez descongelado.  Como norma general en productos a congelar, utilizar productos limpios y secos, y dejándolos en un envase (bolsa o contenedor plástico) con el menor espacio de aire en su interior, y no olvide poner la fecha en que ingresó el producto al congelador”, aconsejó.

Un aspecto clave para frutas y hortalizas es mantener un refrigerador en las mejores condiciones. Lo primero es no sobrellenar el interior del refrigerador, ya que el aire al interior requiere moverse adecuadamente para eliminar el calor del producto, y de esta forma enfriar la fruta u hortaliza a la temperatura de 5°C en el menor tiempo posible. Una segunda práctica que debiera ser rutina en cualquier hogar, es mantener un refrigerador limpio e higiénico, ya que la principal fuente de contaminación son las bacterias más que los virus. Para esto vasta con preparar una solución de cloro (1 cucharada en un litro de agua aproximadamente) y limpiar bien la superficie. Por último, es importante evitar la “contaminación cruzada” entre productos, especialmente entre los de origen animal (vacuno, pollo, cerdo, marisco) y de origen vegetal, como frutas y hortalizas. 

“No está de más mencionar, que probablemente la práctica más simple pero difícil de llevar a cabo en las condiciones actuales, es comprar la cantidad que realmente se necesita, considerando el tamaño del grupo familiar”, señaló el profesional, quien agregó que, en caso de tener productos en exceso, la persona debe estar atenta a los cambios de color y apariencia, que es uno de los indicadores más prácticos de deterioro. “Lo más fácil será compartirlos con familiares o vecinos para evitar su deterioro. Por supuesto manteniendo las normas de distanciamiento sugeridas por las autoridades para evitar el contagio de Covid-19”, señaló.

Causas de los desperdicios de alimentos

 En cuanto a las causas del desperdicio de alimentos, en su mayoría son biológicas, incluidos los desechos causados por la descomposición, y también pueden ser físicas debido a una mala manipulación del producto, lo que provoca deshidratación y daños. “Tanto las causas físicas como las biológicas están estrechamente relacionadas con los problemas logísticos, ya sea el efecto de la falta de infraestructura para mantener las condiciones ideales para el almacenamiento y transporte de frutas y hortalizas o las importantes distancias requeridas para llegar a los centros de distribución o consumo final, incluso dentro del territorio nacional”, detalla Defilippi.

Esta es una temática importante que no sólo se aplica a la exportación de productos a mercados distantes como Europa o Asia, sino que también a nivel local por las importantes distancias entre los centros de producción y consumo.

En ese sentido es importante destacar que, en chile, el 28% de la pérdida de alimentos sería responsabilidad de los propios consumidores y el 72% ocurre en etapas previas relacionadas con el proceso agrícola en la cadena de valor (manejo, almacenamiento, producción, distribución y procesamiento).

“Si bien los agricultores, junto con los sectores público y privado, están buscando soluciones para minimizar las pérdidas en el campo y en los canales de distribución, no debemos descuidar el papel de los consumidores. Necesitamos proporcionar información para ayudarlos a evitar la pérdida de alimentos, especialmente en relación a cómo mantener las frutas y verduras frescas durante períodos más largos”, afirma el especialista de INIA La Platina, quien durante años ha liderado diversos estudios para enfrentar este problema, brindando no sólo soluciones tecnológicas sino también difundiendo el conocimiento.

Más detalles sobre la Unidad de Postcosecha de INIA en el siguiente video https://www.youtube.com/watch?v=5blz0Vgkl3Q o información técnica del tema en la Biblioteca Digital de INIA http://biblioteca.inia.cl/link.cgi/

 

 

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Coronavirus: Gobiernos y Puertos de Latinoamérica refuerzan acciones para asegurar continuidad de operaciones

En el marco de la propagación de la pandemia de coronavirus (Covid-19) los Gobiernos y puertos de Latinoamérica han tomado una serie de medidas para asegurar la continuidad de las operaciones portuarias.

En Brasil, los Ministerios de la Casa Civil, de Justicia y Seguridad Pública, de Infraestructura, y de Salud, establecieron una ordenanza para restringir la entrada de extranjeros a través de los puertos. Dicha restricción es válida durante 30 días para los extranjeros de todas las nacionalidades, incluidas las tripulaciones de los buques.

Se autorizará excepcionalmente si es necesario para la asistencia médica o para la conexión aérea de retorno al país de origen.

En México, la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante (CGPMM) de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) ha instruido Medidas de Prevención y Control en puertos marítimos, para la detección de casos sospechosos del Covid-19.

En comunicación con la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos de la Secretaría de Marina, a la que corresponde la autorización de arribos de embarcaciones a los puertos, se ha permitido la estancia en las zonas de fondeo y atraque de los cruceros turísticos que han dejado de operar en sus rutas de servicio y facilitar su reabastecimiento de insumos en vía de regreso a sus puertos de origen y, en los casos que se ha requerido, se han otorgado los apoyos necesarios para el desembarque de pasajeros.

Puertos en Chile y Ecuador

En Chile, Iquique Terminal Internacional (ITI)  realiza acciones como el control de temperatura a sus colaboradores. A su vez. implementaron lavamanos móviles, en las áreas operativos del puerto. La iniciativa desarrollada fue por el equipo de Prevención y Obras Civiles junto a una de las empresas contratistas de ITI.

En el Terminal Pacífico Sur Valparaíso (TPS) estableció medidas de control sanitario, que consisten en controlar la temperatura, inicialmente mediante termómetros sin contacto y actualmente a través de cámara termográficas, a todas las personas que ingresan al puerto.

En la región del Biobío, San Vicente Terminal Internacional (SVTI) instauró un control de temperatura para todas las personas que ingresan al puerto. Asimismo, estableció un “comité de emergencia” para coordinar la implementación los protocolos en el terminal.

Similar medida ha tomado el Astillero y Maestranza de la Armada (Asmar) en Talcahuano, donde se conformó un Comité de Crisis, que ha tomado una serie de acciones como medir la temperatura de sus colaboradores, establecer cuarentena preventiva para embarazadas, mujeres con hijos menores de 5 años y personal que estuvo en el extranjero y cuarentena voluntaria para mayores de 60 años; y la distribución de sus funcionarios en dos jornadas de trabajo. Además, restringió el ingreso de contratistas y personas externas a la empresa.

Mientras que en Ecuador, la Autoridad Portuaria de Guayaquil (APG) en coordinación con las concesionarias Contecon y Andipuerto informan que las actividades y servicios en el puerto “Libertador Simón Bolívar” se desarrollan con total normalidad, cumpliendo con los protocolos de seguridad establecidos por el Ministerio de Salud Pública. Al igual como ocurre el puerto de Aguas Profundas de Posorja, operado por DP World Posorja.

En tanto, que la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial (SPTMF) informó acerca del “Protocolo para Limpieza y Desinfección de Unidades de Transporte Marítimo, Entidades Portuarias, Terminales Privados y demás Facilidades Portuarias Públicas Y Privadas”.

Arribo de naves

En el caso de Colombia, la Dirección General de Marítima de Colombia señaló que entre el 17 y 27 de marzo en el marco del cierre de las fronteras marítimas, fluviales y terrestres se ha registrado a la fecha el arribo de 91 buques mercantes al puerto de Cartagena con capacidad de hasta 45.217 toneladas de carga.

Las naves procedentes de puertos nacionales como Barranquilla, Santa Marta, Buenaventura, Turbo y San Andrés. Mientras que los buques extranjeros arribaron de Estados Unidos, Panamá, Islas Vírgenes, República Dominicana, Brasil, Alemania, Guatemala, Surinam, Venezuela, Curazao, Antigua y Barbuda, y Costa Rica.

Las naves fueron atendidas en los diferentes terminales portuarios de la ciudad acorde con las medidas de salubridad y seguridad diseñadas en el plan de contingencia por la presencia de Covid-19 en Colombia.

Por su parte, la Superintendencia de Transporte de Colombia ha mantenido reuniones virtuales con los puertos de Buenaventura y Tumaco para implementar comunicación directa y conocer las situaciones que pueden estar presentándose como consecuencia del Covid-19.

Esas medidas son parte de acciones que la entidad ha venido desarrollando desde febrero de 2020. Mientras que, a comienzos de marzo,  envió una comunicación especial a todas las sociedades portuarias, en la cual se informó el cambio de riesgo de moderado a alto en Colombia del Covid-19 indicado por el Ministerio de Salud.

Carga aérea

En el ámbito de carga aérea, la Dirección de Aeronáutica Civil de Colombia autorizó a 26 líneas a operar. De esas, 7 son de Colombia proyectándose que movilicen cerca de 220 toneladas diarias de carga, mientras que 19 internacionales, se calcula distribuyan cerca de 1.480 toneladas diariamente.

En ese orden se han registrado un total de 94 operaciones aéreas, de las cuales 52 fueron de carga, con un transporte aproximado de 780 toneladas.

En El Salvador, la Comisión Ejecutiva Portuaria (CEPA) informó que amplió los plazos para almacenar carga en el Aeropuerto Internacional Óscar Arnulfo Monseñor y Galdámez (AIES-MOARG) y en el puerto de Acajutla. La disposición aplicará por 30 días.

En el ámbito de carga terrestre, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) de Colombia garantiza las operaciones de vehículos de carga para el abastecimiento de alimentos e importación de productos de primera necesidad para su traslado desde los puertos a los diversos centros de producción.

Por MundoMaritimo

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Los ministros de Agricultura del Mercosur, Chile, Bolivia y Perú definen normas para garantizar el transporte de alimentos

San José, 24 de marzo de 2020 (IICA). Los ministros de Agricultura de Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay, Chile, Bolivia y Perú mantuvieron una videoconferencia el lunes para debatir la armonización de normas y garantizar la fluidez del tránsito de mercaderías y el abastecimiento de alimentos en la región durante la pandemia del coronavirus.

La reunión fue realizada por iniciativa de la ministra de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de Brasil, Tereza Cristina, y organizada en el ámbito del Consejo Agropecuario del Sur (CAS), cuya secretaría técnica está a cargo del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA).

“Es indispensable nuestro alineamiento en el más alto nivel político, que deberá también reflejarse en instrucciones ágiles y claras para el plan operacional a las autoridades fronterizas”, dijo la ministra brasileña sobre el encuentro.

Participaron de la reunión virtual Tereza Cristina y sus colegas Luis Basterra (Argentina), Antonio Walker (Chile), Rodolfo Max Friedmann Alfaro (Paraguay), Carlos María Uriarte (Uruguay), Jorge Luis Montenegro Chavesta (Perú) y Beatriz Eliane Capobiano Sandoval (Bolivia), además de representantes de los ministerios de Infraestructura y de Relaciones Exteriores de Brasil.

Bajo la coordinación del Consejo Agropecuario del Sur (CAS), foro ministerial de consulta y coordinación de acciones regionales que está hoy bajo la presidencia temporaria de Chile, será elaborado un documento con protocolos homologados para garantizar el libre tráfico del transporte de cargas por carretera entre los países, incluyendo también a Colombia.

Los ministros y ministras decidieron crear un canal de comunicación por WhatsApp para intercambiar informaciones con mayor rapidez sobre eventuales problemas que pudieran ocurrir.

Todos afirmaron que, pese al cierre de fronteras terrestres para pasajeros de otros países, no hay restricciones para las cargas agropecuarias.

“Necesitamos anticiparnos a lo que pueda ocurrir en caso de que la situación empeore”, dijo la ministra Tereza Cristina, recordando que mantener los corredores sanitarios es garantizar no solo las exportaciones sino también el abastecimiento local.

“Tenemos una gran responsabilidad al sumarnos a estos esfuerzos: garantizar el abastecimiento y el mantenimiento de las cadenas de alimentos, del productor al consumidor final”, indicó la ministra brasileña.

El director general del IICA, Manuel Otero, celebró la realización de la reunión virtual en el ámbito del CAS y la consideró como una iniciativa que servirá para evitar una mayor ralentización de los intercambios comerciales, potencialmente lesivos para las cadenas de suministro.

“Hoy más que nunca, ante esta situación de emergencia mundial, se hace necesario mantener el abastecimiento de alimentos a toda la población, en especial a los sectores menos favorecidos”, dijo Otero.

Sobre el IICA

Es el organismo internacional especializado en agricultura del Sistema Interamericano, cuya misión es estimular, promover y apoyar los esfuerzos de sus 34 Estados Miembros para lograr el desarrollo agrícola y el bienestar rural por medio de la cooperación técnica internacional de excelencia.

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Vicisitudes Legales en el Mundo Agrícola a raíz del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe

Durante la  mañana del día 18 de marzo de 2020 el Presidente de la Republica, Sebastián Piñera, haciendo uso de las facultadas consagradas en el Artículo 41  de la Constitución Política de la Republica, decretó Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en todo el territorio nacional. Este Estado de Catástrofe tendrá una vigencia de 90 días, pues entro  a regir a las 0:00 horas del día jueves 19.

Este estado permite dictar una serie de medidas, incluyendo la restricción de reuniones en espacios públicos, asegurar la distribución de bienes y servicios básicos, ordenar la formación de reservas de alimentos y otros bienes necesarios para la atención y subsistencia de la población, establecer cuarentenas o toques de queda, dictar medidas para la protección de servicios de utilidad pública, y limitar el tránsito o locomoción de personas. Igualmente esta medida otorga la facultad de disponer la requisición de bienes, establecer limitaciones al ejercicio de derecho de propiedad y adoptar las medidas administrativas extraordinarias que sean necesarias para el restablecimiento de la normalidad. 

Es pertinente mencionar que por el momento no existe ninguna restricción específica hasta que el Presidente, en uso de sus facultades, decrete alguna de las medidas en las que autoriza el Estado antes mencionado.

“Al existir la posibilidad de decretar cuarentenas o toques de queda o limitar el tránsito y locomoción de las personas, es que existe a futuro la probabilidad de que eventualmente se puedan ver afectados los ambientes de trabajo y aparejado a ello la producción agrícola respectiva” Señala Matías Araya, Socio Fundador de Araya & Cía. Abogados.

Es importante mencionar el Artículo 184 y 184 bis del Código del Trabajo respecto a la obligación del empleador de adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores. En relación a la contingencia país y la eventual posibilidad de contagio de COVID-19 en el lugar donde se desarrollan las funciones y en virtud de los artículos anteriores, especial relevancia adquiere el inciso 4° del artículo 184 bis mencionado:

En caso que la autoridad competente ordene la evacuación de los lugares afectados por una emergencia, catástrofe o desastre, el empleador deberá suspender las labores de forma inmediata y proceder a la evacuación de los trabajadores. La reanudación de las labores sólo podrá efectuarse cuando se garanticen condiciones seguras y adecuadas para la prestación de los servicios.

El empleador debe siempre adoptar toda medida de resguardo que asegure eficazmente la protección de vida y salud de sus trabajadores.

Por ello, atendido el hecho público y notorio de la pandemia que afecta a la población, no podrá el empleador desconocer tal circunstancia, y de consiguiente, no será admisible alegar caso fortuito en caso de no adoptar las medidas para proteger la salud de los trabajadores, siendo responsable de los perjuicios.

En rigor la ley no obliga que todo trabajador deba permanecer en sus hogares, pero si las circunstancias lo requieren, deberá adoptarse tal medida e instruir el teletrabajo u otras medidas alternativas de trabajo que eviten el contagio.

Lo anterior, se agrega que en rigor la autoridad no ha ordenado la evacuación de los recintos en que opera la empresa para que obligatoriamente todos los trabajadores deban abandonar el lugar, pero se insiste en que resguardar la salud estricta del trabajador aconseja la inasistencia al lugar de trabajo para desempeñar las funciones, debiendo realizarse en aislamiento (hogar).

 Existe una alta probabilidad que todo contagio de COVID19 de un trabajador por haber asistido a su lugar de trabajo (sea inclusive en su trayecto de casa-trabajo o viceversa) sea calificada como enfermedad profesional, lo que implicaría que la tramitación de licencias y salud se regirá por esta modalidad, y el empleador deberá reparar los perjuicio, habilitará el auto despido del trabajador, entre otros.

 Se hace presente que sin perjuicio de lo reseñado, se deberán adoptar las medidas que sugiera la normativa sanitaria que se dicte al efecto, con las sanciones de multas y perjuicios contenidos tanto en la normativa laboral de competencia de la Dirección del Trabajo, como de la respectiva SEREMI.

Asimismo, hacemos presente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del Código del Trabajo el empleador se encuentra facultado para determinar que en su empresa o en parte de ella, se proceda anualmente a su cierre por un mínimo de 15 días hábiles para que los trabajadores respectivos hagan uso del feriado en forma colectiva. La norma legal establece que en este caso debe concederse el feriado a todos los trabajadores de la empresa o sección, aun cuando individualmente no cumplan con los requisitos para tener derecho, caso en el cual se entiende que se les anticipa el beneficio con derecho a la remuneración íntegra. Es del caso señalar que el otorgamiento del feriado colectivo es una facultad propia del empleador y, por ende, éste puede determinar unilateralmente la oportunidad en que desea concederlo. No obstante lo anterior, la jurisprudencia de la Dirección del Trabajo contenida en Dictamen 9.348/284 de 16.12.87, ha señalado que el empleador está facultado para otorgar feriado colectivo solamente una vez al año, razón por la cual no resulta jurídicamente procedente que disponga unilateralmente un nuevo cierre de sus establecimientos con el objeto de concederlo, habiéndolo otorgado ya en un determinado año, facultad que, en cambio, podrá ejercer en cualquiera época, durante el año siguiente. Esta facultad de “feriado colectivo” que puede disponer el empleador, debe ser para toda la empresa y no puede haber trabajador desarrollando sus funciones, por lo que es sólo aconsejable para pequeñas empresas.

ESTADO DE CATASTROFE

Presidente Piñera decreta estado de catástrofe por 90 días a raíz de COVID-19

Tras algunos días de establecerse la fase 4 en Chile a raíz del COVID-19 (ya tenemos circulación viral y dispersión comunitaria), el gobierno decretó esta mañana estado de emergencia por 90 días en el país,  medida que rige a  partir de esta medianoche. 

En la práctica esto significa que cada región del país contará con un jefe de zona de las Fuerzas Armadas, que según la situación de cada territorio, tendrá las facultades para tomar las medidas que sean necesarias.

De acuerdo a la declaración oficial efectuada por el presidente: “Este Estado de Excepción tiene como objetivo anticiparnos y prepararnos para las etapas que vienen en esta pandemia y permitirá:
1. Dar mayor seguridad a nuestros hospitales y todos los sitios de atención de salud.
2. Proteger mejor la cadena logística y traslado de insumos médicos.
3. Facilitar el cuidado y traslado de pacientes y personal médico, y la evacuación de personas.
4. Resguardar el cumplimiento de las cuarentenas y medidas de aislamiento social.
5. Garantizar la cadena de producción y distribución para asegurar el normal abastecimiento de la población
6. Proteger y resguardar mejor nuestras fronteras Este Estado de Excepción Constitucional permite dictar una serie de medidas, incluyendo la restricción de reuniones en espacios públicos, asegurar la distribución de bienes y servicios básicos, ordenar la formación de reservas de alimentos y otros bienes necesarios para la atención y subsistencia de la población, establecer cuarentenas o toques de queda, dictar medidas para la protección de servicios de utilidad pública, y limitar el tránsito o locomoción de personas.

Vea el comunicado completo aquí