Comercio de Semillas

31-07-2019

El comercio de semillas está regulado por las disposiciones contenidas en la Ley de Semillas (DL 1764 de 1977), su Reglamento General (DS 188/1978) y en las Resoluciones dictadas por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).  Este organismo es el encargado de fijar los requisitos mínimos que deben reunir las semillas para poder ser comercializadas.

La Ley de Semillas le entrega al SAG la función de fiscalizar el comercio de semillas.  Esta fiscalización se realiza mediante inspecciones periódicas a los establecimientos de procesamiento y expendio de semillas. En tales inspecciones, el SAG verifica que las semillas ofrecidas a la venta estén debidamente envasadas, rotuladas y etiquetadas.

Para mayor información descargue la información a continuación:

 

Cartilla comercio informal de semillas
Cartilla Exigencias normativas comercio semillas

 

Denuncias

El Servicio Agrícola y Ganadero ha desarrollado una plataforma web, con el objetivo de canalizar las denuncias que involucran las infracciones a la Normativa de Semillas de Competencia SAG.

Existen dos maneras de formalizar las denuncias:

a) Presencial, acudiendo a la Oficina de información, reclamos y sugerencias (OIRS) perteneciente al Servicio.

b) Remota, mediante los siguientes accesos:

Sitio web:
https://www.sag.gob.cl/contacto  (de forma anónima)

Portal Trámite:
http://tramitesenlinea.sag.gob.cl/>> Fiscalización >>Fiscalización para denuncias SAG (con clave única ciudadana).

Dar a conocer esta información es transcendental como herramienta para hacer frente al comercio informal. La información que se proporcione a través de este medio, será de gran utilidad para que el Servicio pueda actuar de manera ágil y expedita frente a quienes no cumplen con la normativa.