Santiago, 8 de octubre de 2020.-Un llamado a informarse sobre la reducción del plazo para inscribir los semilleros de papa corriente hizo el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) a los productores de este tubérculo en el país. Esto, tras la publicación de la resolución 6391/2020 en el Diario Oficial, que establece en 30 días desde la fecha de plantación el plazo para realizar la solicitud de inscripción del semillero respectivo ante el SAG, y no 60 días como se permitía previamente.
Esta es una de las obligaciones que deben cumplir quienes se encuentren inscritos en el Registro de Productores de Semilla Corriente de Papa. Una vez recibidos y analizados los antecedentes para la inscripción de sus semilleros, el SAG otorgará el correspondiente código de identificación, con el objeto de mantener la trazabilidad del insumo.
Teniendo en cuenta que la producción de semilla de papa sólo puede realizarse en las zonas que componen el Área Libre de Plagas Cuarentenarias de la Papa -que abarca desde la Provincia de Arauco, en la Región del Biobío hasta la Región de Magallanes- es una manera más eficiente para que el SAG realice el control fitosanitario y programe las fiscalizaciones que verifiquen de manera fehaciente el cumplimiento de los requisitos que contiene la normativa vigente para el rubro.
En el marco de la pandemia por Covid19, para facilitar ambos trámites, tanto el de inscripción en el registro de productores como el de solicitud de inscripción del semillero, ya no solo podrán hacerse en forma presencial en las oficinas del Servicio, sino que también se podrán gestionar online vía correo electrónico con el Encargado Regional de Semillas correspondiente.
Para conocer en detalle el paso a paso que deben seguir los productores de papa, se encuentra disponible en el sitio web del Servicio una guía que explica en forma sencilla las actividades a realizar durante la temporada 2020-2021. Se puede consultar en https://bit.ly/36ImTSO o ingresando a www.sag.cl, sección Semillas.
Fuente: SAG